Te detienen o te citan como investigado en España: guía de tus derechos, plazos y errores que pueden costarte el caso
Aviso: información jurídica general, no asesoramiento jurídico.
¿Prefieres una guía rápida según tu caso? Usa nuestro asistente interactivo ¿Qué hacer si te detienen o te citan? (privado, no guarda datos).
Qué hacer en los primeros minutos (resumen accionable)
- Mantén la calma y sé educado (ni resistencia ni discusiones).
- Identifícate, pero no des explicaciones sobre los hechos.
- Di y repite: "Quiero ejercer mi derecho a no declarar y quiero asistencia de un abogado."
- No firmes nada que no entiendas o no haya revisado tu abogado.
- No entregues voluntariamente teléfono/contraseñas ni autorices registros sin orden judicial: pregunta si existe.
- No hables de los hechos con nadie (ni agentes "informalmente", ni otros implicados, ni por mensajería).
- Pide un abogado cuanto antes (de confianza o de oficio).
- Anota hora, lugar y datos de los agentes.
La detención: qué es, cuánto dura y qué pasa después
Privación temporal de libertad por indicios de delito; es provisional, no una condena (rige la presunción de inocencia, art. 24.2 CE). Plazo: no más del tiempo estrictamente necesario y, como máximo, 72 horas, tras las cuales debes ser puesto en libertad o a disposición judicial (art. 17.2 CE). 72 h es el máximo, no un objetivo. Existe un régimen especial en terrorismo (art. 520 bis LECrim). Al terminar: libertad / a disposición judicial / seguir investigado sin detención. Si la detención es ilegal: habeas corpus (art. 17.4 CE; Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de habeas corpus).
Tus derechos como persona detenida (art. 520 LECrim)
Tus derechos básicos como detenido están recogidos en el art. 520 LECrim:
- Asistencia de abogado (de confianza o de oficio) y entrevista reservada.
- No declarar y no confesarte culpable (art. 24.2 CE); el silencio, como regla, no se interpreta en tu contra.
- Ser informado de los hechos que se te imputan y de las razones de la detención (Directiva 2012/13/UE, transpuesta por la LO 5/2015).
- Intérprete y traducción gratuitos (arts. 123 a 127 LECrim, transposición de la Directiva 2010/64/UE).
- Asistencia médica (forense).
- Que se informe a un familiar/persona de tu elección (y al consulado si eres extranjero).
- Acceso de tu abogado a los elementos esenciales de las actuaciones.
La citación como investigado (NO es estar detenido)
Estar investigado significa que hay indicios de tu posible participación y se te llama a declarar con garantías; te otorga derechos de defensa (art. 118 LECrim; la reforma "imputado→investigado" se introdujo por la LO 13/2015 y la LO 5/2015). No estás privado de libertad. Puede ser citación policial o judicial; tienes derecho a comparecer con tu abogado (art. 775 LECrim en el procedimiento abreviado). Primeras 48 h: no improvises, contacta abogado, conserva (no manipules ni borres) documentación, no contactes con otros implicados, confirma fecha/lugar (ignorar una citación judicial puede acarrear una orden de detención).
Si tu caso encaja en un tipo concreto, te puede orientar nuestra información sobre abogado de estafa, delito fiscal o apropiación indebida.
Errores que pueden costarte el caso
- Declarar sin abogado.
- "Soy inocente, no necesito abogado".
- Entregar móvil/contraseñas o autorizar registros voluntariamente (pregunta si hay orden judicial).
- Hablar con otros implicados.
- Mentir o inventar una versión.
- Comentar el caso por teléfono/redes/mensajería.
- Borrar mensajes o archivos (destruir pruebas agrava).
- Ignorar plazos y citaciones.
- Firmar sin leer o sin entender.
El papel del abogado colegiado y qué es JBH
El abogado penalista colegiado verifica que se respeten tus derechos, decide contigo la estrategia (declarar o no), accede a las actuaciones, propone prueba y recurre. Regla de oro: antes de declarar o decidir nada, habla con un abogado. JBH no es un despacho ni ejerce la abogacía: es una plataforma de intermediación jurídica que te conecta y coordina tu caso con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección técnica la lleva siempre un colegiado habilitado. JBH aporta rapidez, coordinación y disponibilidad, y trata los datos penales con máxima confidencialidad.
Más información sobre cómo coordinamos tu defensa: abogado penalista · abogado penalista en Girona · análisis y guías.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto pueden tenerme detenido?
- Máximo 72 horas (art. 17.2 CE); existe un régimen especial en terrorismo.
- ¿Tengo derecho a no declarar?
- Sí (art. 24.2 CE); el silencio no equivale a culpa.
- ¿Qué digo si me preguntan sin abogado?
- Identifícate; sobre los hechos, manifiesta que deseas no declarar y quieres abogado.
- ¿Citado como investigado es lo mismo que detenido?
- No; no estás privado de libertad y tienes derechos de defensa.
- ¿Debo entregar el móvil y las contraseñas?
- El acceso suele requerir autorización judicial o tu consentimiento; pregunta si hay orden y consúltalo con tu abogado.
- ¿Qué pasa si no acudo a una citación judicial?
- Puede acarrear consecuencias serias, incluida una detención para garantizar la comparecencia.
- ¿Puedo pedir abogado de oficio aunque tenga medios?
- Tienes derecho a abogado; la justicia gratuita depende de requisitos económicos.
- ¿Qué es el habeas corpus?
- Procedimiento para que un juez revise de inmediato la legalidad de una detención (art. 17.4 CE; LO 6/1984).
- ¿Necesito abogado si soy inocente?
- Sí; la inocencia no se demuestra sola y el procedimiento tiene reglas técnicas.
- ¿Puede usarse lo que escriba por WhatsApp/redes?
- Puede quedar registrado o, con autorización judicial, intervenido; trata el caso solo con tu abogado.
¿Te han detenido o citado? No improvises.
Evaluación inicial gratuita. Nuestro canal 24/7 (teléfono, WhatsApp y email) recoge tu caso a cualquier hora; el seguimiento del abogado colegiado independiente es en horario de despacho.
Evaluar mi caso →Contenido informativo; no constituye asesoramiento jurídico. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.