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Defensa penal · Madrid

Abogado de okupación en Madrid

¿Te enfrentas a un caso de okupación en Madrid? Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Madrid, con seguimiento del expediente en la plataforma. Estudiamos tu situación y preparamos una defensa con método, coordinada por penalistas colegiados.

Dónde se tramita tu caso de okupación en Madrid

Tu procedimiento se sigue ante los juzgados del Partido Judicial de Madrid. La instrucción corresponde a los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Madrid; el enjuiciamiento, según la pena, al Juzgado de lo Penal de la demarcación (penas privativas de libertad de hasta 5 años) o a la Audiencia Provincial de Madrid (penas superiores a 5 años).

Si el asunto llega a segunda instancia, el recurso se resuelve en la Audiencia Provincial de Madrid.

Cómo te atendemos en Madrid

Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Madrid, con seguimiento del expediente en la plataforma.

La dirección letrada la asume un penalista colegiado de la red con despacho propio en Madrid; JBH coordina el expediente y el trabajo de análisis desde la plataforma.

Usurpación o allanamiento: no es lo mismo (arts. 245 y 202 CP)

Si el inmueble okupado no es la morada de nadie —una segunda vivienda, un local o una casa vacía—, los hechos suelen encajar en el delito de usurpación (art. 245.2 CP), castigado con pena de multa. Si lo okupado es tu vivienda habitual o la de otra persona, hablamos de allanamiento de morada (art. 202 CP), bastante más grave.

Esa distinción no es teórica: determina la vía más adecuada y la urgencia de las medidas. Calificar bien los hechos desde el inicio acelera la recuperación.

Las vías para recuperar el inmueble

Existen dos caminos, a menudo complementarios. La vía penal: denuncia por usurpación o allanamiento, con la posibilidad de solicitar el desalojo como medida cautelar. Y la vía civil: el juicio para la tutela sumaria de la posesión o el desahucio por precario, cuyos plazos se han agilizado para ciertos supuestos.

Elegir la vía —o combinarlas— según tu caso concreto es lo que marca la diferencia entre un proceso ágil y uno que se eterniza.

Cómo preparamos una defensa por okupación

Reconstruimos los hechos con la documentación del procedimiento y fijamos qué prueba sostiene cada uno. Sobre eso, el letrado que asume la dirección decide la línea de defensa y prepara los escritos ante el Partido Judicial de Madrid.

El desarrollo completo —tipo penal, penas aplicables, nulidades y estrategia procesal— está en la guía de okupación, enlazada abajo.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Lleváis casos de okupación en Madrid?

Sí. Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Madrid, con seguimiento del expediente en la plataforma. Los procedimientos se siguen ante los juzgados de Madrid (Partido Judicial de Madrid).

¿Dónde se juzga un caso de okupación en Madrid?

Según la pena, en el Juzgado de lo Penal correspondiente o en la Audiencia Provincial de Madrid. La instrucción previa la lleva el Partido Judicial de Madrid.

¿Tengo que desplazarme para la primera consulta?

No. La evaluación inicial se hace en remoto y, si el caso sigue adelante, tratas directamente con el penalista colegiado que lo asume en Madrid.

Cuéntanos tu caso de okupación en Madrid

La evaluación inicial es gratuita, sin compromiso y con tratamiento confidencial. Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Madrid, con seguimiento del expediente en la plataforma.

Contenido divulgativo de JBH Asesoría Legal. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Cada caso requiere análisis individualizado por un abogado colegiado.