Defensa penal · Blanes

Abogado de okupación en Blanes

¿Te enfrentas a un caso de okupación en Blanes? Atención presencial desde nuestro despacho en Blanes (Girona) y telemática. Estudiamos tu situación y preparamos una defensa con método, coordinada por penalistas colegiados.

Dónde se tramita tu caso de okupación en Blanes

Tu procedimiento se sigue ante los juzgados del Partido Judicial de Blanes. La instrucción corresponde a los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Blanes; el enjuiciamiento, según la pena, al Juzgado de lo Penal de la demarcación (penas privativas de libertad de hasta 5 años) o a la Audiencia Provincial de Girona (penas superiores a 5 años).

Atención presencial desde nuestro despacho en Blanes (Girona) y telemática.

Usurpación o allanamiento: no es lo mismo (arts. 245 y 202 CP)

Si el inmueble okupado no es la morada de nadie —una segunda vivienda, un local o una casa vacía—, los hechos suelen encajar en el delito de usurpación (art. 245.2 CP), castigado con pena de multa. Si lo okupado es tu vivienda habitual o la de otra persona, hablamos de allanamiento de morada (art. 202 CP), bastante más grave.

Esa distinción no es teórica: determina la vía más adecuada y la urgencia de las medidas. Calificar bien los hechos desde el inicio acelera la recuperación.

Las vías para recuperar el inmueble

Existen dos caminos, a menudo complementarios. La vía penal: denuncia por usurpación o allanamiento, con la posibilidad de solicitar el desalojo como medida cautelar. Y la vía civil: el juicio para la tutela sumaria de la posesión o el desahucio por precario, cuyos plazos se han agilizado para ciertos supuestos.

Elegir la vía —o combinarlas— según tu caso concreto es lo que marca la diferencia entre un proceso ágil y uno que se eterniza.

Lo que NO debes hacer

Cortar el agua o la luz, cambiar la cerradura con los ocupantes dentro, entrar por la fuerza o contratar servicios de "desokupación" que actúan al margen de la ley puede convertirte a ti en investigado por coacciones, allanamiento o daños. La recuperación debe ser siempre por vía judicial.

Actuar con cabeza y asesoramiento desde el primer día protege tu posición y, paradójicamente, suele ser el camino más rápido.

Qué necesitamos para empezar

  • El título que acredita tu propiedad o posesión
  • Desde cuándo está okupado el inmueble
  • Si es o no la morada de alguien (vivienda habitual)
  • Si los suministros están a tu nombre
  • Si ya has puesto denuncia o requerimiento

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Lleváis casos de okupación en Blanes?

Sí. Atención presencial desde nuestro despacho en Blanes (Girona) y telemática. Los procedimientos se siguen ante los juzgados de Blanes (Partido Judicial de Blanes).

¿Dónde se juzga un caso de okupación en Blanes?

Según la pena, en el Juzgado de lo Penal correspondiente o en la Audiencia Provincial de Girona.

¿Cuánto se tarda en recuperar un inmueble okupado?

Depende de la vía y de las circunstancias del caso; no es honesto prometer un plazo cerrado. Lo que sí marca la diferencia es elegir bien la vía y actuar con rapidez y de forma correcta desde el inicio.

¿Puedo cortar la luz y el agua para que se vayan?

No es recomendable: cortar suministros, cambiar la cerradura con los ocupantes dentro o entrar por la fuerza puede suponer un delito de coacciones y convertirte a ti en investigado. La recuperación debe hacerse por vía judicial.

Cuéntanos tu caso de okupación en Blanes

La evaluación inicial es gratuita, sin compromiso y bajo secreto profesional. Atención presencial desde nuestro despacho en Blanes (Girona) y telemática.

Contenido divulgativo de JBH Asesoría Legal. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Cada caso requiere análisis individualizado por un abogado colegiado.