Defensa penal · Madrid

Abogado de lesiones en Madrid

¿Te enfrentas a un caso de lesiones en Madrid? Atención telemática y presencial concertada. Estudiamos tu situación y preparamos una defensa con método, coordinada por penalistas colegiados.

Dónde se tramita tu caso de lesiones en Madrid

Tu procedimiento se sigue ante los juzgados del Partido Judicial de Madrid. La instrucción corresponde a los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Madrid; el enjuiciamiento, según la pena, al Juzgado de lo Penal de la demarcación (penas privativas de libertad de hasta 5 años) o a la Audiencia Provincial de Madrid (penas superiores a 5 años).

Atención telemática y presencial concertada. No disponemos de oficina física en Madrid.

Lesión leve o grave: dónde está la frontera (art. 147 CP)

El Código Penal distingue entre la lesión que requiere, además de una primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico para sanar (delito del art. 147.1) y la de menor entidad (delito leve del art. 147.2). La calificación cambia por completo la pena.

Cuando concurren circunstancias como el uso de armas u objetos peligrosos, ensañamiento o una víctima especialmente vulnerable, la pena se agrava (art. 148). Y si hay pérdida de un órgano, esterilidad o deformidad, hablamos de las lesiones más graves (arts. 149 y 150).

Legítima defensa y riña mutua

No siempre que hay lesiones hay delito. Quien se defiende de una agresión ilegítima, dentro de los límites que la ley exige, actúa amparado por la legítima defensa (art. 20.4 CP), que puede excluir la responsabilidad penal.

En las peleas es frecuente que cada parte denuncie a la otra. Reconstruir quién inició la agresión y en qué condiciones es, a menudo, lo que decide el resultado del procedimiento.

Defensa: partes médicos, testigos y prueba

La defensa se apoya en el análisis de los partes de lesiones (mecanismo, compatibilidad con la versión), en los testigos, en las imágenes disponibles y en la valoración de las circunstancias que atenúan o excluyen la responsabilidad.

También se valora la reparación del daño y el acuerdo con la otra parte cuando es posible, como vía para atenuar la pena o cerrar el conflicto.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Lleváis casos de lesiones en Madrid?

Sí. Atención telemática y presencial concertada. No disponemos de oficina física en Madrid. Los procedimientos se siguen ante los juzgados de Madrid (Partido Judicial de Madrid).

¿Dónde se juzga un caso de lesiones en Madrid?

Según la pena, en el Juzgado de lo Penal correspondiente o en la Audiencia Provincial de Madrid.

¿Cuándo una lesión es delito y cuándo delito leve?

Si para sanar hizo falta tratamiento médico o quirúrgico (además de una primera asistencia), suele ser el delito del art. 147.1; si la lesión fue de menor entidad, el delito leve del art. 147.2. El parte médico es clave para esa frontera.

¿Si me agredieron y me defendí, es delito?

Quien repele una agresión ilegítima dentro de los límites legales actúa en legítima defensa, lo que puede excluir la responsabilidad penal. Demostrar quién inició la agresión y cómo es esencial.

Cuéntanos tu caso de lesiones en Madrid

La evaluación inicial es gratuita, sin compromiso y bajo secreto profesional. Atención telemática y presencial concertada.

Contenido divulgativo de JBH Asesoría Legal. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Cada caso requiere análisis individualizado por un abogado colegiado.