El recorrido típico arranca en la fase administrativa, con la inspección tributaria, y puede continuar en la vía penal si la Agencia Tributaria aprecia indicios de delito y remite el expediente. A partir de ahí se abre la instrucción judicial, en la que se practican diligencias, se aporta documentación y se toma declaración al investigado.
En la causa suelen convivir dos planos: el de la deuda tributaria (cuánto se debe) y el de la responsabilidad penal (si hubo delito y de quién). Hacienda actúa además como perjudicada y reclama la cuota, los intereses y, en su caso, la responsabilidad civil derivada del delito.
Si la instrucción concluye que hay base para acusar, el caso avanza hacia el juicio oral; si no, puede archivarse o sobreseerse. El detalle de fases, plazos y derechos del investigado —cómo declarar, qué se puede pedir, cómo se recurre— lo desarrollamos en nuestra guía sobre detención, citación y derechos del investigado, que conviene leer en cuanto se recibe la primera comunicación.