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Defensa penal · Barcelona

Abogado de delito fiscal en Barcelona

¿Te enfrentas a un caso de delito fiscal en Barcelona? Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Barcelona, con seguimiento del expediente en la plataforma. Estudiamos tu situación y preparamos una defensa con método, coordinada por penalistas colegiados.

Dónde se tramita tu caso de delito fiscal en Barcelona

Tu procedimiento se sigue ante los juzgados del Partido Judicial de Barcelona. La instrucción corresponde a los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Barcelona; el enjuiciamiento, según la pena, al Juzgado de lo Penal de la demarcación (penas privativas de libertad de hasta 5 años) o a la Audiencia Provincial de Barcelona (penas superiores a 5 años).

Si el asunto llega a segunda instancia, el recurso se resuelve en la Audiencia Provincial de Barcelona.

Cómo te atendemos en Barcelona

Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Barcelona, con seguimiento del expediente en la plataforma.

La dirección letrada la asume un penalista colegiado de la red con despacho propio en Barcelona; JBH coordina el expediente y el trabajo de análisis desde la plataforma.

Qué es el delito fiscal (art. 305 CP)

El Código Penal castiga, en su artículo 305, a quien defrauda a la Hacienda Pública —estatal, autonómica, foral o local— eludiendo el pago de tributos, obteniendo devoluciones indebidas o disfrutando indebidamente de beneficios fiscales, cuando la cuantía defraudada supera los 120.000 euros por cada tributo y periodo.

Por debajo de ese umbral, los hechos son una infracción administrativa sancionable por Hacienda, no un delito. Por eso determinar con precisión la cuota defraudada es, a menudo, la primera y más decisiva batalla de la defensa.

No toda diferencia con Hacienda es un delito: la frontera entre la sanción tributaria (ámbito administrativo) y el delito (ámbito penal) está en la cuantía y, sobre todo, en la intención de defraudar. Trazar bien esa línea es lo que distingue una inspección que termina en una liquidación de una causa que llega al juzgado de lo penal.

Situaciones típicas en las que aparece

La mayoría de las causas por delito fiscal no empiezan con una denuncia, sino con una actuación de Hacienda: una inspección de la Agencia Tributaria, un requerimiento de información, una comprobación de IVA o de IRPF, o el cruce de datos que detecta ingresos no declarados. Cuando la Administración aprecia que la cuota podría superar el umbral penal, traslada el expediente al Ministerio Fiscal o al juzgado.

Los perfiles más habituales son autónomos y sociedades con facturación irregular, discrepancias en la deducción de gastos o de cuotas de IVA, rentas o patrimonio en el extranjero no declarados, operaciones vinculadas entre empresas del mismo grupo, o herencias y donaciones cuya tributación se cuestiona. En muchos casos el contribuyente actuó siguiendo el criterio de su asesor, y ahí la discusión sobre la intención es central.

Recibir una comunicación de inicio de inspección, un requerimiento o una citación no significa que se haya cometido un delito. Pero sí marca el momento en que conviene revisar la situación con criterio jurídico, porque lo que se declare o se aporte a partir de ahí condiciona todo lo que venga después.

Cómo preparamos una defensa por delito fiscal

Reconstruimos los hechos con la documentación del procedimiento y fijamos qué prueba sostiene cada uno. Sobre eso, el letrado que asume la dirección decide la línea de defensa y prepara los escritos ante el Partido Judicial de Barcelona.

El desarrollo completo —tipo penal, penas aplicables, nulidades y estrategia procesal— está en la guía de delito fiscal, enlazada abajo.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Lleváis casos de delito fiscal en Barcelona?

Sí. Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Barcelona, con seguimiento del expediente en la plataforma. Los procedimientos se siguen ante los juzgados de Barcelona (Partido Judicial de Barcelona).

¿Dónde se juzga un caso de delito fiscal en Barcelona?

Según la pena, en el Juzgado de lo Penal correspondiente o en la Audiencia Provincial de Barcelona. La instrucción previa la lleva el Partido Judicial de Barcelona.

¿Tengo que desplazarme para la primera consulta?

No. La evaluación inicial se hace en remoto y, si el caso sigue adelante, tratas directamente con el penalista colegiado que lo asume en Barcelona.

Cuéntanos tu caso de delito fiscal en Barcelona

La evaluación inicial es gratuita, sin compromiso y con tratamiento confidencial. Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Barcelona, con seguimiento del expediente en la plataforma.

Contenido divulgativo de JBH Asesoría Legal. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente. Cada caso requiere análisis individualizado por un abogado colegiado.