Tus derechos como detenido (art. 520 LECrim)
Toda persona detenida tiene, reconocidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una serie de derechos irrenunciables: a ser informada de los hechos que se le imputan y de las razones de su detención, a guardar silencio y a no declarar contra sí misma, a no confesarse culpable, a designar abogado y a ser asistida por él.
También tiene derecho a que se comunique su detención a un familiar, a ser asistida gratuitamente por intérprete, a un reconocimiento médico y a acceder a los elementos de las actuaciones que sean esenciales para impugnar la detención.