Código Penal
Artículo 250 del Código Penal
Estafa agravada
Qué regula
Agrava la estafa cuando recae sobre vivienda u otros bienes de primera necesidad, se abusa de firma o se sustraen expedientes, recae sobre patrimonio artístico, reviste especial gravedad por el valor (más de 50.000 € o afecta a muchas personas), hay abuso de relaciones personales o credibilidad empresarial o profesional, o supera los 250.000 €.
Claves prácticas
- Pena: prisión de 1 a 6 años y multa; si supera 250.000 €: 4 a 8 años. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
- Las agravaciones más habituales en la práctica: cuantía superior a 50.000 € y abuso de credibilidad profesional.
Por qué importa en un caso real
Cada agravación debe probarse autónomamente; reducir la cuantía acreditada por debajo de los umbrales cambia el marco penal por completo.
Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
Aparece en estos delitos y conceptos
¿Este artículo afecta a tu caso?
Evalúa tu situación con la IA penal de JBH y conéctate con un abogado penalista colegiado independiente. La decisión y la dirección del caso son siempre humanas.
Evaluar mi caso →Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.