Saltar al contenido

Código Penal

Artículo 234 del Código Penal

Hurto

Qué regula

Castiga a quien, con ánimo de lucro, toma cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño y sin violencia, intimidación ni fuerza. Si el valor no excede de 400 euros es delito leve, salvo agravantes.

Claves prácticas

  • Más de 400 €: prisión de 6 a 18 meses; hasta 400 €: multa (delito leve). Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
  • La multirreincidencia puede elevar la pena aunque cada hurto sea leve.

Por qué importa en un caso real

La tasación pericial del objeto (¿supera los 400 €?) y la acreditación del ánimo de lucro deciden entre delito leve y menos grave.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Ver en el BOE ↗

Aparece en estos delitos y conceptos

¿Este artículo afecta a tu caso?

Evalúa tu situación con la IA penal de JBH y conéctate con un abogado penalista colegiado independiente. La decisión y la dirección del caso son siempre humanas.

Evaluar mi caso →

Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.