Código Penal
Artículo 171 del Código Penal
Amenazas de mal no delictivo y chantaje
Qué regula
Castiga las amenazas condicionales de un mal que no constituye delito y, específicamente, el chantaje: exigir cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos privados o comprometedores. Incluye las amenazas leves a la mujer pareja o expareja (171.4).
Claves prácticas
- El chantaje (171.2) se castiga aunque el hecho con que se amenaza revelar sea cierto.
- Amenaza leve a pareja o expareja mujer (171.4): prisión de 6 meses a 1 año o trabajos. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
Por qué importa en un caso real
La línea entre reclamar lo debido con vehemencia y el chantaje típico está en la ilicitud de la condición exigida y del mal anunciado: delimitarla es el corazón de la defensa.
Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
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