Código Penal
Artículo 305 del Código Penal
Delito fiscal
Qué regula
Castiga a quien defrauda a la Hacienda Pública (estatal, autonómica, foral o local) eludiendo el pago de tributos, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando indebidamente de beneficios fiscales, cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros por ejercicio y tributo.
Claves prácticas
- Pena: prisión de 1 a 5 años y multa del tanto al séxtuplo de la cuota. Umbral típico: 120.000 € por tributo y ejercicio. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
- La regularización voluntaria completa ANTES de la notificación de actuaciones exonera de responsabilidad penal.
- Exige dolo defraudatorio: la mera discrepancia interpretativa no es delito.
Por qué importa en un caso real
Las tres grandes líneas: discutir la cuota (pericial fiscal), acreditar la interpretación razonable de la norma y, cuando es posible, la regularización en plazo.
Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
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