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Código Penal

Artículo 305 del Código Penal

Delito fiscal

Qué regula

Castiga a quien defrauda a la Hacienda Pública (estatal, autonómica, foral o local) eludiendo el pago de tributos, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando indebidamente de beneficios fiscales, cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros por ejercicio y tributo.

Claves prácticas

  • Pena: prisión de 1 a 5 años y multa del tanto al séxtuplo de la cuota. Umbral típico: 120.000 € por tributo y ejercicio. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
  • La regularización voluntaria completa ANTES de la notificación de actuaciones exonera de responsabilidad penal.
  • Exige dolo defraudatorio: la mera discrepancia interpretativa no es delito.

Por qué importa en un caso real

Las tres grandes líneas: discutir la cuota (pericial fiscal), acreditar la interpretación razonable de la norma y, cuando es posible, la regularización en plazo.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Ver en el BOE ↗

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.