Ley de Enjuiciamiento Criminal
Artículo 299 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
El sumario: concepto
Qué regula
Define el sumario como las actuaciones encaminadas a preparar el juicio, practicadas para averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación, la culpabilidad de los delincuentes y el aseguramiento de sus personas y responsabilidades pecuniarias.
Claves prácticas
- La instrucción PREPARA el juicio: no es el juicio. La prueba se practica, como regla, en el plenario.
- En el procedimiento abreviado su equivalente son las diligencias previas (art. 774 LECrim).
Por qué importa en un caso real
Recordar la función preparatoria de la instrucción sostiene objeciones clave: lo instruido no es prueba salvo excepciones tasadas (preconstituida o anticipada).
Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
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