Código Penal
Artículo 252 del Código Penal
Administración desleal
Qué regula
Castiga a quien, teniendo facultades para administrar patrimonio ajeno (por ley, autoridad o negocio jurídico), las infringe excediéndose en su ejercicio y causa un perjuicio al patrimonio administrado. Se remite a las penas de la estafa.
Claves prácticas
- Sujeto activo: quien administra patrimonio ajeno (administradores sociales, apoderados, gestores).
- El exceso en las facultades y el perjuicio patrimonial son los elementos nucleares.
- Penas por remisión a los arts. 249 y 250 CP. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
Por qué importa en un caso real
En conflictos societarios es el tipo estrella: la defensa suele sostener que la decisión fue una opción de gestión discutible (business judgement) y no una infracción dolosa de facultades.
Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
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Evaluar mi caso →Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.