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Código Penal

Artículo 153 del Código Penal

Maltrato ocasional (violencia de género y doméstica)

Qué regula

Castiga el menoscabo psíquico o lesión no constitutivos de delito de lesiones del 147.1, o el maltrato de obra sin lesión, cuando la víctima es o fue esposa o mujer ligada por análoga relación (153.1), o persona especialmente vulnerable o del núcleo familiar (153.2).

Claves prácticas

  • 153.1: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad, más privación de armas y posible alejamiento. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
  • Un solo episodio basta: no exige habitualidad (esa es el art. 173.2 CP).
  • Lleva aparejadas casi siempre medidas cautelares inmediatas (orden de protección, art. 544 ter LECrim).

Por qué importa en un caso real

Son procedimientos rápidos y con fuerte carga cautelar: la primera declaración y la estrategia frente a la orden de protección condicionan todo el caso.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.