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Ley Orgánica del Poder Judicial

Artículo 11 · Ley Orgánica del Poder Judicial

Prueba ilícita

Qué regula

Su apartado 1 establece que en todo tipo de procedimiento no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.

Claves prácticas

  • Regla de exclusión: la prueba ilícita y su derivada («fruto del árbol envenenado») quedan fuera del proceso.
  • La conexión de antijuridicidad delimita qué prueba derivada se salva y cuál cae.

Por qué importa en un caso real

Es el fundamento legal de toda impugnación probatoria por vulneración de derechos (registros, intervenciones, accesos a dispositivos): si la fuente es nula, el caso puede desmoronarse.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.