Ley Orgánica del Poder Judicial
Artículo 11 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Prueba ilícita
Qué regula
Su apartado 1 establece que en todo tipo de procedimiento no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.
Claves prácticas
- Regla de exclusión: la prueba ilícita y su derivada («fruto del árbol envenenado») quedan fuera del proceso.
- La conexión de antijuridicidad delimita qué prueba derivada se salva y cuál cae.
Por qué importa en un caso real
Es el fundamento legal de toda impugnación probatoria por vulneración de derechos (registros, intervenciones, accesos a dispositivos): si la fuente es nula, el caso puede desmoronarse.
Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
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